María Fernanda Navarro
4 de octubre de 2019
Una figura legal y tienen fundamente en el Código Fiscal de la Federación o en las Leyes de Ingresos que se aprobaron año con año durante las administraciones de FCH y EPN
Aunque las condonaciones y cancelaciones a créditos fiscales que se otorgaron durante el sexenio de Felipe Calderón y parte de la administración de Enrique Peña Nieto, han generado polémica y señalamientos a diversos personajes y empresas de alto perfil en el país, hasta el momento no hay elementos que indiquen que violaron alguna ley.
En el caso de las condonaciones, se trata de una figura legal y tienen fundamente en el Código Fiscal de la Federación o en las Leyes de Ingresos que se aprobaron año con año durante las administraciones de estos dos expresidentes, explica Roberto Colín Mosqueda, integrante del Colegio de Contadores Públicos de México.
El especialista explicó que durante este periodo fueron comunes las “amnistías fiscales” que incluían la condonación de multas, recargos y principalmente el total de las contribuciones.
“Se trataban de créditos que estaban a punto de prescribir, la autoridad tiene la facultad que otorgan las leyes fiscales, de ejercer sus facultades de comprobación y cobrar los créditos fiscales y en aquel entonces se trataban de créditos que ya estaban casi por prescribir, créditos de más de 5 años a los que se les dio un tratamiento especial”, explicó.